La Corte falló a favor de una entrerriana con hidrocefalia en una sentencia inédita
Una joven entrerriana, que padece hidrocefalia y fue desafiliada del Iosper, acudió a la Corte Suprema de la Nación a través de una vía que era exclusiva para presos. El alto tribunal admitió un recurso inédito.La inédita decisión de la Corte de Justicia sienta precedente en la Argentina y en los países hispanos.
Una mujer diamantina logró que la Corte Supremade Justicia de la Nación (CSJN) le admita un recurso que era una vía exclusiva para presos: el recurso in forma pauperis.
La mujer llegó hasta el máximo tribunal de Justicia de la Nación, raíz del adverso veredicto que obtuvo en el Superior Tribunal de Justicia (STJ), cuando el Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper) dispuso desafiliarla y dejarla sin cobertura cuando cumplió 25 años de edad, pese a su delicado estado de salud y su discapacidad.
Virginia Quinteros, interpuso el recurso In pauperis ante la Corte y logró que el alto tribunal le ordene al Iosper su reafiliación. La joven entrerriana, padece desde que nació de hidrocefalia y era adherente a la obra social provincial por su madre. Sin embargo, todo cambió cuando la joven cumplió 25 años y a partir de ahí, el Iosper dejó de asistirla y le negó la posibilidad de ser una afiliada voluntaria por padecer de una enfermedad preexistente.
Con esa respuesta, la joven interpuso, con la asistencia técnica del defensor de Pobres y Menores de Diamante, Esteban Monge, una acción de amparo que le fue favorable en primera instancia, pero negativa en el STJ.
No conforme con la decisión de la justicia entrerriana, la joven, de puño y letra y sin la firma de un abogado, envió una carta a la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la que pidió la apelación al fallo del Superior Tribunal entrerriano.
Tras cuatro años de espera, Virginia Quinteros fue notificada, el pasado 23 de febrero, de que el alto tribunal de la Nación le ordenó al Iosper que la reafiliara y le restituyera la asistencia y cobertura para que pueda atender su enfermedad.
Es la primera vez que un alto tribunal de la Nación reconoce y admite un recurso in pauperis a una persona que no está privada de su libertad, se indicó. “Este tipo de recurso, que surgió en 1890, era de uso exclusivo para los presos y lo inédito de la decisión que tomó la Corte es que sienta precedente no sólo en la Argentina sino en los países hispanos, porque por primera vez una persona sola acude a esta vía para hacer su reclamo de derecho social”, explicó el ex defensor General del Poder Judicial Arsenio Mendoza.
Para el ex funcionario, el fallo de la Corte abrirá las puertas para que otras personas en situaciones similares puedan hacer sus planteos o quejas cuando se vulneren sus derechos sociales.
En tanto, para Monge, quien patrocinó las instancias judiciales que la joven interpuso en los estrados provinciales, “es un fallo sin precedentes, no sólo en nuestro país, sino en el derecho hispánico”.
En su explicación, el letrado reiteró que la presentación que hizo Quinteros ante la Corte, también fue inédita porque, por primera vez, una persona sin estar privada de su libertad llega en forma directa a la máxima instancia de Justicia, como lo es la Corte Suprema.
De esta manera, la joven diamantina logró que se le reconozca un derecho social por una vía que no tenía precedentes. “Fue un planteo original y, algunos juristas y abogados ya lo consideran o denominan como ‘pauperis socialis’, porque se reconoce la posibilidad de ejercer los llamados derechos sociales mediante la figura del in pauperis”.
“Esta experiencia que arrancó en Diamante con Monge y después lo toma (Maximiliano) Benitez, fue una prueba piloto, que ahora permitirá que cualquier persona pobre pueda acudir a la Corte por la vía de pauperis y reclamar por sus derechos sociales”, enfatizó Mendoza.
Paso a paso
* Virginia Quinteros nació de un embarazo múltiple y presentó una hemorragia perinatal por inmadurez que desencadenó una hidrocefalia. Su madre, una agente pública de la provincia, habilitó su adhesión al Instituto dela Obra Socialde Entre Ríos (Iosper) que la asistió hasta los 25 años. A partir de ahí, Iosper le informó que caducaba esa adhesión.
* Si bien Quinteros solicitó su reafiliación voluntaria, la obra social se la negó por su “enfermedad preexistente”.
* La joven inició su larga peregrinación por los estrados judiciales hasta llegar, por propia voluntad y sin la firma de un abogado, hastala Corte Supremade Justicia dela Nación(CSJN).
* El planteo hecho ante la CSJN, se denomina “vía pauperis”, o “recurso in forma pauperis”, consiste en un planteo al que se lo admite pese a la carencia de ciertos requisitos procesales, como la de ser redactado sin formalidades y no contar con la rúbrica de un abogado. Es una figura propia del derecho penal y que hasta ahora era de uso exclusivo de las personas privadas de su libertad, o en estado de indefensión.
* Este inédito fallo habilitó un nuevo mecanismo para llegar en forma directa ante el máximo tribunal de Justicia con el solo hecho de invocar la garantía de igualdad y las llamadas Cien Reglas de Brasilia, se indicó a este medio. También se abrió una nueva instancia para el reconocimiento de los derechos sociales, que beneficia especialmente a los sectores de mayor vulnerabilidad social.